Sr. Presidente del Instituto Nacional
contra la Discriminación (INADI)
Ing. Enrique Oteiza
25 de Mayo 145, piso 8º.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CP (C1002ABC)
Ref.: Discriminación, Enemistad, Colaboracionismo, Prevaricato y
Falsedad Ideológica en el CONICET.
De mi consideración:
Eduardo R. Saguier, Investigador Independiente del CONICET, DNI no.
4.394.928, con domicilio real en Juan Francisco Seguí 3955, 2º piso,
Dpto. E, Capital, al Sr. Presidente del INADI digo:
I.- OBJETO.
El 6 de Octubre del corriente año fui notificado de la Resolución
del CONICET No.1672/04, y del Dictamen de su Comisión Asesora de
Historia y Antropología (Área de Humanidades y Ciencias Sociales)
del 6 de agosto ppdo., por el cual se declara mi Informe
Reglamentario bianual 2002/03 como "NO ACEPTABLE". Para tomar
conciencia de qué significa un Informe rechazado, es preciso saber
que en el CONICET la existencia de dos Informes consecutivos
rechazados son motivo suficiente para la automáticaexclusión de la
institución.
Analizando dichos documentos he tomado también conciencia de la
existencia en dicho Dictamen de una voluntad discriminadora --por
opiniones vertidas en materia de política científica-- y de los
presuntos delitos de prevaricato y falsedad ideológica. La voluntad
discriminadora se evidencia por ser el único o casi el único
Investigador de Carrera cuyo Informe fue rechazado en el curso de
este año por dicha Comisión de Historia y Antropología. El
prevaricato se comprueba por la previa existencia de un sumario
instruido a partir de la denuncia sobre las asesorías y consultorías
del CONICET (Exp. No.003361/02), donde se me citó a declarar y tuve
oportunidad de ratificar mis dichos y hacer mías las acusaciones del
ex Presidente del CONICET Dr. Enrico Stefani (en su renuncia pública
al cargo) acerca de la existencia de un tráfico de influencias entre
los Directores de Institutos del CONICET y las Comisiones Asesoras
de Becas e Ingreso a Carrera y la Junta de Calificaciones. Asimismo,
comprobé que los integrantes del Directorio Investigadores
Superiores Ing. Mario Domingo Barletta y Dra. Noemí Girbal de Blacha,
están jurídicamente inhabilitados para intervenir en cualquier
conflicto donde el suscripto estuviere involucrado.
En virtud de estos graves hechos, me dirijo a Vd. a los efectos de
revelar la presunta existencia del delito de falsedad ideológica y
de un discurso oculto de represalias y discriminaciones por
opiniones vertidas en materia de política científica (Pol-Cien, 24-VII-2002),
o más específicamente de un complot de funcionarios conjurados, ex
colaboracionistas del Proceso ydel Menemato, presumiblemente
destinado a ocultar irregularidades e ilícitos, a amedrentar y
escarmentar las opiniones críticas, y a disciplinar o domesticar la
planta de investigadores del CONICET, una verdadera secuela
autoritaria heredada de dicho Proceso y potenciada por los Regímenes
Neoliberales, todo lo cual configuraría por analogía el delito de
prevaricato. Estas circunstancias delictivas han engendrado en el
ambiente científico un clima de miedo generalizado abonado con
oportunismos, colaboracionismos, corporativismos y prebendarismos de
toda laya, que deberíamos combatir de raiz si habremos de construir
un sistema científico moderno, progresista y democrático.
Amén de la voluntad discriminadora para con opiniones vertidas en
materia de política científica y de los presuntos delitos de
prevaricato y falsedad ideológica, la presencia en el Directorio del
ex Rector de la Universidad Nacional del Litoral Ing. Mario Domingo
Barletta y de la Dra. Noemí Girbal de Blacha, que decidió declarar
No Aceptable mi Informe 2002/03, vuelve la Resolución No.1672/04
nula de nulidad absoluta. Dicho Directorio, por estar integrado por
el Ing. Barletta y la Dra. Girbal, se hallaba jurídicamente
inhabilitado para suscribir una Resolución donde el suscripto se
halla involucrado, en virtud de existir animosidad o enemistad
manifiesta, que se corrobora por la existencia de una denuncia ante
la Oficina Anti-Corrupción contra la Universidad Nacional del
Litoral (UNL), de un sumario administrativo instruido a propósito de
una denuncia contra el CONICET sobre Asesorías y Consultorías (Exp.
No.003361/02), y de una controversia periodística y electrónica
públicamente conocida, donde se ventiló un presunto colaboracionismo
académico con la Dictadura Procesista.
Dicha controversia aconteció en la Lista de Discusión Electrónico
Pol-Cien del mes de Julio de 2002, en la sección de Carta de
Lectores del diario Página 12, de igual fecha; y en la revista
electrónica Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona
State University, v.12, n.6), de febrero de 2004. Esta controversia
se confirma mas luego por el recuerdo de eventos ocurridos en fechas
muy anteriores (fueron públicamente notorios a través de las prensa
diaria) que deben haber engendrado en el caso de la Dra. Girbal
dicho resentimiento, y que ratifican la inhabilitación o excusación
alegada (se acompaña como Prueba Instrumental diversos recortes de
periódicos), para lo cual vengo a denunciar en el INADI la
existencia de una discriminación a raiz de opiniones críticas
emitidas públicamente en materia de política científica.
II.- HECHOS.
II-A.- MENOSCABO de la EXISTENCIA de la OBRA ELECTRÓNICA.
II-B.- IRRACIONAL CUESTIONAMIENTO del VÍNCULO entre ARTÍCULO y OBRA.
II-C.- IRRAZONABLE INCRIMINACION sobre la FORMACIÓN de RECURSOS
HUMANOS.
II-D.- FALSEDAD IDEOLÓGICA del DICTAMEN.
II-E.- COLABORACIONISMO ACADÉMICO con INSTITUCIONES vinculadas a las
DICTADURAS.
II-F.- OPORTUNISMO TRANSGRESOR con INSTITUCIONES que MALVERSARON
CAUDALES PÚBLICOS durante el PROCESO GENOCIDA.
II-G.- OPORTUNISMO CORPORATIVO con la DICTADURA PROCESISTA.
II-H.- CORPORATIVISMO ENDÓGENO y REFERATOS PRIVILEGIADOS.
II-I.- PROSELITISMO ACADÉMICO IMPOSTOR.
II-J.- PREBENDARISMO ENCUBIERTO durante la DEMOCRACIA.
II-K.- FACCIONALISMO CULTURAL y DISCURSO OCULTO de REPRESALIAS.
II-L.- CORPORATIVISMO CLIENTELAR y ASCENSOS VERTIGINOSOS de parte de
la JUNTA de CALIFICACIONES.
II-A. MENOSCABO de la EXISTENCIA de la OBRA ELECTRÓNICA;
II-A-1. Detallada Explicación del Contenido de la Obra.
La Obra de historia mencionada en mi Informe 2002/2003, titulada Un
Debate Histórico Inconcluso en la América Latina (1600-2000), es
pionera por su extensión y contenido, no sólo en el concierto
nacional sino incluso en el ámbito internacional, pues cubre cuatro
(4) siglos de historia (1600-2000) correspondientes al espacio
colonial Peruano y Rioplatense y a la Argentina moderna y
contemporánea, y se refiere a aspectos culturales, políticos,
sociales y económicos. Su inminente aparición fue anunciada en el
Informe el 27 de abril de 2004, y fue efectivamente publicada en la
Web el 29 de abril del corriente año, es decir apenas dos (2) días o
48 horas después de haber elevado dicho Informe.
Como al momento de anunciar --en el Informe (2002-2003)-- la
aparición de la Obra no pude adelantar con precisión la fecha exacta
en que se iba a producir la misma, agregué como prueba de mi anuncio
su Índice General. Pero la Comisión alega que con sólo el Índice de
la Obra de historia ".resulta imposible identificar las hipótesis
que guían tal estudio, sus objetivos y metodología de análisis".
Entendí entonces que una rápida lectura de un previo Informe mío, el
correspondiente al período (1999-2000), donde anunciaba y explicaba
dicha futura Obra; así como la lectura de los títulos y subtítulos
de los catorce tomos; mas el artículo publicado en Archivos
Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State University, v.12,
n.6, de Febrero de 2004); y la inminente aparición de mi Página web,
donde podrían fácilmente identificar las hipótesis, los objetivos y
la metodología de análisis de dicha Obra era material de sobra
suficiente para que se aprobara el Informe y se me promoviera en la
carrera.El Índice aludido corresponde a una Obra de historia que
comprende mas de un millar de apartados, un centenar de capítulos,
unas tres mil páginas, e innumerables tablas, gráficos, apéndices,
cuadros, listados e imágenes, distribuidos en catorce (14) tomos,
gran parte de ellos fundados en documentación original extraída de
archivos y bibliotecas nacionales y extranjeras, en realidad un
centro virtual de información historigráfica con todo el efecto
multiplicador y el valor agregado que la divulgación a escala global
significa.
Sus catorce tomos comprenden: en el tomo I analizo la cultura como
espacio de lucha o las fracturas simbólicas, literarias,
pedagógicas, comunicacionales y científicas, y su incidencia en la
estructura de los estados colonial y nacional (Siglos XVIII, XIX y
XX) (compuesto de once [11] capítulos); en el tomo II estudio la
política estamental, corporativa y fraudulenta como ámbito de
disputas o las crisis políticas en los orígenes de la revolución de
independencia y del colapso del aristocratismo republicano
(compuesto de ocho [8] capítulos); en el tomo III investigo las
hegemonías en el Río de la Plata colonial y moderno o los siglos de
conflictos, guerras y acuerdos políticos (1580-1880) (compuesto de
ocho [8] capítulos); en el tomo IV indago la crisis política en la
Argentina moderna o una década de lucha republicana (1880-1890)
(compuesto de seis [6] capítulos); en el tomo V examino la política
acuerdista como campo de disputa o dos décadas de combate
republicano en la Argentina pos-revolucionaria (1890-1912)
(compuesto de cinco [5] capítulos); en el tomo VI considero el
apogeo y crisis de la Argentina contemporánea o el siglo de lucha
democrática (1912-1999) (compuesto de cinco [5] capítulos); en el
tomo VII exploro la burocracia civil como espacio de combate
faccioso (Cabildos y Justicia).(compuesto de catorce [14]
capítulos); en el tomo VIII analizo la Iglesia como lugar de
contienda en los mundos colonial y nacional (compuesto de siete [7]
capítulos); en el tomo IX estudio la milicia como campo de lucha en
las estructuras políticas colonial y nacional (compuesto de ocho [8]
capítulos); en el tomo X investigo la esfera social y las fracturas
étnicas, estamentales y sanguíneas (compuesto de diez [10]
capítulos); en el tomo XI indago el comercio y la banca como ámbitos
de conflicto de los mundos colonial y nacional o la inmigración y el
capital comercial (Siglos XVII, XVIII y XIX) (compuesto de diez [10]
capítulos); en el tomo XII analizo la economía minera como rubro
conflictivo del mundo colonial (Siglos XVII y XVIII) (compuesto de
seis [6] capítulos); en el tomo XIII imdago la economía agraria como
sede conflictiva de los mundos colonial y nacional (Siglos XVII,
XVIII y XIX) (compuesto de seis [6] capítulos); y en el tomo XIV
incorporo una Conclusión General y una Bibliografía General.Del
centenar de capítulos, la mitad corresponden a trabajos que fueron
publicados en forma de artículos, en lengua española e inglesa, y
uno en forma de libro (publicado por el Centro Editor de América
Latina), a lo largo de dos (2) décadas, en diferentes revistas y
editoriales del país y del mundo, y que oportunamente fueron parte
de ocho (8) diferentes y sucesivos Informes que fueron elevados al
CONICET en esos años. Las diferentes revistas donde mis artículos se
hallan publicados, fueron sucesivamente, y en algunos casos en dos
diferentes contribuciones, las siguientes: Hispanic American
Historical Review (Albuquerque, Nueva Mexico); Revista de Historia
de América (México: Instituto Panamericano de Geografía e Historia);
Journal of Church and State (Waco, Texas), Jahrbuch für Geschichte
von Staat Wirtschafts und Gesellschaft Lateinamerikas (Colonia,
Alemania Federal); Revista de Historia de América (México: Instituto
Panamericano de Geografía e Historia); Historiografía y Bibliografía
Americanistas (Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos);
Anuario de Estudios Americanos (Sevilla: Escuela de Estudios
Hispanoamericanos); HISLA, Revista Latinoamericana de Historia
Económica y Social (Lima, Perú); History of Agriculture (West Bengal,
India); Historia (Santiago de Chile: Pontificia Universidad Católica
de Chile); Revista Paraguaya de Sociología (Asunción del Paraguay:
Centro Paraguayo de Estudios Sociológicos); Estudos Ibero-Americanos
(Porto Alegre: Universidade Catolica); ANDES, Antropología e
Historia (Salta: CEPIHA y Facultad de Humanidades, Universidad
Nacional de Salta); Revista de Historia Económica (Madrid: Centro de
Estudios Constitucionales); Ibero-Americana, Nordic Journal of Latin
American Studies (Stockholm: Nordic Association for Research on
Latin America); Colonial Latin American Historical Review (Albuquerque,
New Mexico: Spanish Colonial Research Center); Historia y Cultura
(La Paz: Edit Don Bosco); Estudios de Historia Social y Económica de
América (Alcalá de Henares, Madrid: Departamento de Historia de
América de la Universidad de Alcalá de Henares); Revista Complutense
de Historia de América (Madrid: Universidad Complutense de Madrid);
Folia Histórica del Nordeste (Resistencia, Chaco); Boletín de
Historia y Geografía (Santiago de Chile: Universidad Católica Blas
Cañas); Cuadernos de Historia (Santiago de Chile: Universidad de
Chile); Revista Europea de Estudios Latinoamericanos y del Caribe/
European Review of Latin American and Caribbean Studies (Amsterdam:
Centro de Estudios y Documentación Latinoamericanos); Estudios
Sociales. Revista Universitaria Semestral (Santa Fé, Argentina); The
Americas. A Quarterly Review of Inter American Cultural History (West
Bethesda, Maryland); Revista de Historia del Derecho "Ricardo Levene"
((Buenos Aires: Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales
"Ambrosio L. Gioja"); Dimensión Histórica de Chile (Santiago de
Chile: Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación);
Boletín de Historia y Geografía (Santiago de Chile: Instituto
Profesional de Estudios Superiores Blas Cañas); DATA. Revista de
Estudios Andinos y Amazónicos (La Paz: Revista del Instituto de
Estudios Andinos y Amazónicos); Anuario de Historia de la Educación
(San Juan, Argentina:
Sociedad Argentina de Historia de la Educación, Universidad Nacional
de San Juan, Departamento de Educación), Historia y Cultura (La Paz:
Universidad Mayor de San Andrés); Anuario del Archivo Nacional de
Bolivia (Sucre, Bolivia); e Investigaciones y Ensayos (Buenos Aires:
Academia Nacional de la Historia). Asimismo, publiqué una Guía
Electrónica sobre Historia Mundial, titulada A Unitary Process of
Big-World History. A Transcendental and Constructivist Perspective
in History, publicada en inglés en el World History Center (WHC) de
la Northeastern University, <http://www.whc.neu.edu/whc/research/workingpapers/cover.htm>http://www.whc.neu.edu/whc/research/workingpapers/cover.htm.
Por todo ello, entendía que seguramente se iba a dar crédito a mi
palabra acerca de mi obra en curso, y de su publicación en un nuevo
y original soporte como es la Web (lo que aconteció tres meses antes
del Dictamen del CONICET), pues el libro y el medio centenar de
artículos originales publicados en revistas del país y del
extranjero, fueron reseñados en numerosas revistas y en el
Historical Abstracts, y fueron registrados en una veintena de casos
en el Handbook of Latin American Studies, que depende del Congreso
de USA. La otra mitad del centenar de capítulos de la Obra está
constituida por trabajos que nunca fueron publicados ni presentados
en Informe alguno, y de los cuales cinco (5) capítulos
correspondientes al primer tomo (el quinto, el séptimo, el octavo,
el noveno y el décimo), los tres primeros detallados al final del
acápite II-B-2, fueron redactados en el último bienio, siendo el
noveno el capítulo que fue publicado el 4 de febrero de 2004 por la
revista Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State
University, v.12, n.6).Suponía entonces en mi último Informe
reglamentario que los pares que iban a evaluar mi trabajo conocían
dichos ocho (8) Informes previos, en especial el Informe
correspondiente al período (1999-2000), donde se alude a mi próxima
obra con sus objetivos, hipótesis y métodos incluidos; así como
conocían la existencia de ese medio centenar de publicaciones, o que
en su defecto la Sra. Rosa Losito, Directora de Evaluación del
CONICET (dependiente de la Gerente Cynthia Jeppesen) llevaba un
seguimiento permanente de la obra de cada investigador, y de la
producción de los mismos en la web, que en mi caso particular venía
bosquejando y preanunciando una unidad que finalmente se concretó
sólo dos (2) días o 48 horas después de haber presentado el Informe
2002/2003. La Obra en cuestión comprende gran parte de mi vida
académica, desde que la inicié relevando documentación colonial en
los archivos del país en los huérfanos y aciagos años de la
Dictadura de los Bastones Largos (1966), combinando la investigación
con la defensa militante de la democracia y la universidad pública,
accionar que me provocó expulsiones, persecuciones, exilios,
cárceles y simulacro de secuestro, hasta que la culminé hace pocos
meses, y que aún hoy sigo mejorando, ampliando y traduciendo,
totalizando casi cuarenta (40) años de trabajo; desempeñados con una
dedicación absolutamente exclusiva, con apenas un corto subsidio de
UBACYT, y sin licencias, sabático, contratos de asesoría-consultoría
ni
participación en convenio de transferencia tecnológica alguno.
II-B. IRRACIONAL CUESTIONAMIENTO del VÍNCULO entre ARTÍCULO y OBRA;
II-B-1. Omisión del CONICET de pedir Información Adicional (art.33,
inc. C, del Estatuto)
En cuanto al extenso artículo que escribí en el bienio 2002/2003, y
que publiqué el 4 de febrero de 2004, en el volumen 12, n.6, de la
revista electrónica y bilingüe Archivos Analíticos de Políticas
Educativas (AAPE) [una revista con referato publicada por la Arizona
State University (EEUU)], en 90 páginas y con 207 notas --titulado "Prebendarismo
y faccionalismo en la institucionalización del conocimiento: el caso
de la investigación y la docencia argentinas (1989-2003)" <http://epaa.asu.edu/epaa/v12n6/>http://epaa.asu.edu/epaa/v12n6/--
la Comisión Asesora alega con cierto reconocimiento que se trata de
un ".cuestionador acercamiento a la realidad educativa y científica
del país con variados comentarios en torno a personajes e
instituciones que formularon la estructura institucional argentina".
Más luego, con una mezcla de elogio y vacilación la Comisión aclara
que ".se acepten o no tales comentarios", y sin perjuicio de
tratarse de una "inserción valiosa", dicha contribución está
".aparentemente alejada del plan de investigación previsto".
La Comisión Asesora confirma esta vacilación y agrega con un sesgo
de recelo y desestimación que la ".ausencia de referencias impide
afirmar si el artículo antes analizado forma parte de esta obra o es
resultado de un interés adicional". Si tanta era entonces la duda
acerca de la "ausencia de referencias", me pregunto ¿porqué la
Comisión Asesora no hizo uso de las atribuciones que le confiere el
art. 33 inciso c) del Estatuto de la Carrera del Investigador, el
cual le otorga a las autoridades ".el derecho de solicitar un
informe fuera de los plazos estipulados cuando razones justificadas
así lo hicieren necesario"? ¿No consideraba la Comisión Asesora una
"razón justificada" las dudas que existían acerca de si dicho
artículo pertenecía o no a la Obra mencionada en el Informe
principal y se hiciera así necesario recabar un Informe
suplementario que aclarara aquellas dudas previo al acto
calificatorio de NO ACEPTABLE? Es decir, el Directorio del CONICET
consumó el acto administrativo de calificar como NO ACEPTABLE mi
Informe sin haber agotado previamente las instancias que le
confieren sus propios Estatutos ni haber recabado todos los
antecedentes que le exige la Ley de Procedimientos Administrativos,
lo cual envuelve a la motivación de la Resolución de una connotación
de irracionalidad y de esterilidad. La omisión de pedido de un
Informe Adicional dejó sin posibilidad de defensa mi trabajo. Ese
sólo hecho implica la ausencia del debido procedimiento (art.18 de
la CN).
Con respecto al interrogante de la Comisión Asesora que
inquisitivamente indaga si mi artículo ".es resultado de un interés
adicional", cabría repreguntar a dicha Comisión ¿qué debe entenderse
por "adicional"? ¿Se trata de algo meramente supletorio o
complementario, un añadido meramente fortuito producto del azar?
¿Acaso el conocimiento científico y la dinámica de sus instituciones
transcurridos en Argentina en el período neo-liberal (1989-2001) no
es susceptible de ser investigado por un historiador? En ese caso,
debo señalar que al incursionar mi artículo en una aproximación
crítica a la investigación y la docencia --que es una dimensión
fundamental de la cultura donde se dirime el campo del poder y el
campo intelectual en su esfera de la representación-- se convirtió
en la clave de bóveda de mi Obra y el verdadero disparador del
primer tomo. Describir minuciosamente la estructura de poder del
medio científico y universitario argentino, actual y contemporáneo,
me dio la clave para analizar retrospectivamente el drama histórico
nacional, que no debe tener sólo una explicación económica, social o
política, sino que debe poseer necesariamente una interpretación
cultural, pues son la crisis y el colapso cultural los que nos
habrían desmoronado y anarquizado y llevado a la situación de
decadencia moral y material que al presente padecemos.En conclusión,
no cabe duda alguna que mi artículo de Arizona integra
definitivamente la Obra mencionada, y más específicamente,
corresponde exactamente al capítulo noveno del primer tomo, y es a
su vez el producto empírico de una larga lucha reivindicativa contra
la corrupción académica, que inicié en la década del 80, epistolar y
públicamente debatida en la Lista de Discusión Pol-Cien, y divulgada
en numerosos foros electrónicos tales como Cambio Cultural, Correo
de la Diáspora, Foro del Manifiesto, Argentina Indymedia, etc, que
cualquiera puede encontrar digitando mi nombre y apellido en el
buscador Google. Cabe agregar finalmente que en sólo ocho (8) meses
de circulación en la web, dicho artículo lleva casi tres millares de
visitas, y ha sido linkeado por diversas instituciones, entre ellas
la Biblioteca Virtual Cervantes y la Biblioteca Digital de la
Organización de Estados Iberoamericanos (OEI); e indexado por el
Current Index to Journals in Education, por la Social Science
Research Network Electronic Library (SSRN), por el Instituto
Internacional para la Educación Superior en América Latina (IESALC),
y por el Instituto Internacional de Gobernabilidad (IIG).
II-B-2. Desconocimiento de la Íntima Vinculación entre Artículo y
Obra.En cuanto a la vinculación entre este artículo y la Obra puesta
en la Web, se debe tener en cuenta que en el Índice de dicha Obra el
título del primer tomo reza: "La cultura como espacio de lucha. Las
fracturas simbólicas, religiosas, literarias, pedagógicas,
comunicacionales y científicas, y su incidencia en la estructura de
los estados colonial y nacional (Siglos XVIII, XIX y XX)", lo cual
al mencionar las prácticas científicas y al aludir al siglo XX
refiere directamente al contenido del artículo de marras.
En ese sentido, dicho artículo está íntimamente referido a una
temática que les concierne a los organismos de ciencia, pues trata
la estructura de poder de las instituciones científicas públicas; de
su deformación en una red espúrea de tráfico de influencias; y más
específicamente desarrolla sub-tópicos tales como: 1) la
subordinación a la que están sujetas las instituciones de ciencia
por parte de la denominada Agencia Nacional de Promoción Científico
Tecnológica (ANPCYT), dependiente de la SECYT; 2) la colonización en
la que se hallan sumidas por la recíproca connivencia con la
estructura de poder clientelar, corporativa, patriarcal,
escalafonaria y prebendaria de las universidades públicas (Juntas
Departamentales, consejos Directivos y Consejos Superiores); y 3) la
anárquica urdimbre de densas redes de certificación o evaluación y
acreditación educativa, pública y privada; de subsidios de
investigación, contratos de asesoría-consultoría, y de convenios de
transferencia tecnológica, todo lo cual revela la total ausencia de
una verdadera política científica de estado, transparente,
independiente y democrática.
Este extenso artículo, en realidad casi un libro, también está
referido a otros capítulos del citado Tomo I, de la Obra existente
desde hace siete meses en la web, para cuya redacción me fue
necesario deconstruir hacia el pasado más remoto los orígenes y las
raíces de esta estructura de poder, y volver nuevamente hacia el
presente, en un doble viaje de ida y de vuelta, que desnuda los
orígenes históricos de la triple disociación entre el poder y el
saber, entre la ciencia y la investigación, y entre la investigación
y la docencia, que diferentes escuelas de pensamiento concuerdan en
atribuir a previas estructuras culturales, tales como: 1) la
sumisión en la estratificación geopolítica y socio-tecnológica del
conocimiento; 2) el conocimiento institucionalizado excluyente; 3)
el fraccionamiento de los poderes educativos y académicos; 4) la
crónica conversión del conocimiento en ocupaciones rentables y en
profesiones liberales; 5) el imperialismo cultural; y 6) otras
patologías convergentes como la endogamia, el prebendarismo, el
faccionalismo, el patrimonialismo, y el elitismo.
Específicamente, dicho artículo remite a cinco diferentes capítulos
del citado tomo I, que salvo el del capítulo 6 los desarrollé dentro
del bienio 2003-2004: al capítulo 5, titulado "Organización de la
Cultura Nacional (1800-1930). Un Siglo de Lucha y Modernización"; al
capítulo 6, titulado "La Educación como espacio de lucha política.
Los Rectorados y las cátedras de los Colegios Nacionales en las
provincias Argentinas" (publicado en el Anuario de Historia de la
Educación [San Juan, Argentina: Sociedad Argentina de Historia de la
Educación, Universidad Nacional de San Juan, Departamento de
Educación], n.1, 1996-97,); al capítulo 7, titulado "Las
comunicaciones como campo de competencia conflictiva. El caso del
periodismo en las provincias de la Argentina decimonónica"; al
capítulo 8, titulado "Persistencias, sumisiones y rupturas en la
estratificación geopolítica del conocimiento. El caso de la cultura,
la investigación y la docencia Rioplatenses (1930-1989)"; y al
capítulo 10, titulado "Tragedia, deshonra y profilaxis moral en la
cultura Argentina", cuatro de los cuales fueron redactados en este
último bienio.
II-B-3. Restricciones en los Planes de Investigación Propuestos.
La Comisión Asesora sostiene en sus Comentarios, que para que un
trabajo presentado en un Informe pueda ser calificado como
"aceptable" debe estar previa y necesariamente enunciado en un
conciso y detallado plan de investigación". Sin embargo, debe
acordarse conmigo que el curso de una investigación científica está
lleno de incertidumbres e incógnitas pues permanentemente surgen
nuevas vetas temáticas a explotar, y nuevas formas de interpretar
los comportamientos humanos, dado que la investigación científica no
es un camino lineal, sino que tiene la mayor parte de las veces
numerosos meandros, marchas y contramarchas; y en algunos pocos
casos se producen rupturas epistemológicas, que se logran merced al
pleno ejercicio de la libertad de investigación, pero que es muy
difícil vaticinar con antelación cual huella uno va a ir rastreando
en el curso de la misma. Es pues justamente, en el transcurso del
2001, cuando estuve inmerso en la producción de la Guía Electrónica
sobre Historia Mundial, titulada A Unitary Process of Big-World
History. A Transcendental and Constructivist Perspective in History,
que se desató en mi discurrir una suerte de ruptura epistemológica,
identificando a la cultura como una nueva y crucial dimensión a
desarrollar en forma independiente, pero como una esfera paralela a
las otras esferas, política, social y económica.II-C. IRRAZONABLE
INCRIMINACION sobre la FORMACIÓN de RECURSOS HUMANOS.Los Comentarios
que fundamentan la Resolución del Directorio alegan que en el
Informe ".no se menciona formación de recursos humanos en ninguna
categoría, ni otra actividad académica a las ya enunciadas". Este
juicio -falto de toda razonabilidad-- evidencia primero animosidad
hacia mi persona, pues pretende descalificarme; y luego una voluntad
discriminadora, pues alimenta el estereotipo de la culpabilidad de
la víctima, al ignorar o presumir ignorar que mi persona se
encuentra involuntaria e injustamente marginada de la docencia
superior y de la conducción de los órganos científicos desde hace
casi dos décadas, más precisamente desde que en 1986 fui arbitraria
e injustamente desplazado de la Dirección del Instituto de Historia
Argentina y Americana "Dr. Emilio Ravignani", por una Comisión
Evaluadora de Institutos de la Facultad de Filosofía y Letras de la
UBA, integrada por los Dres. Enrique N. Tandeter e Hilda Sábato, la
cual cuestionó exclusivamente el Instituto que yo dirigía perdonando
a aquellos otros Institutos dirigidos por conspícuos Procesistas.
Esta marginación obedece también a que mis impugnaciones a un Jurado
de concurso fueron postergadas por mas de un año, para finalmente
renunciar sus integrantes (José Carlos Chiaramonte y Gregorio
Weimberg), y desde entonces cajonear la convocatoria del mismo; y a
que con motivo de la inauguración del Ciclo Básico Común (CBC), en
1986, se eliminó la cátedra de Introducción a la Historia, que mi
persona venía detentando interinamente desde 1984. Cabe aclarar, que
en mis Informes anteriores, todos ellos aceptados, nunca se me
objetó carecer de becarios o tesistas bajo mi dirección. Recurrir
judicialmente, como lo hice en una oportunidad con relación a un
subsidio de UBACYT, es totalmente inconducente y gravoso, pues en
una oportunidad un juez denegó la demanda y debí pagar las costas y
los honorarios del abogado de la UBA.
Al haberme marginado injustamente de la docencia y de la dirección
de un instituto en la UBA, las autoridades universitarias de
entonces me impidieron tener discípulos y la posibilidad de dirigir
tesistas --condición a la que siempre estuve y estoy dispuesto--
convirtiéndome en una suerte de paria o descastado académico,
condición que se propagó incluso al ámbito de las universidades
privadas y de las públicas del conurbano. Más aún, habría que añadir
que como en la sociedad toda se ha instalado una cultura del poder
donde "lo que no está en la pantalla no existe" y donde no tiene
cabida aquel que inocentemente revela que "El Rey está desnudo", no
sólo son pocos o más bien ninguno los estudiantes o graduados que se
arriesgan a elegir como director de beca o de tesis a un
investigador o docente que no integra la mediática pléyade de
bestsellers o que saben que no pertenece a los círculos dominantes,
sino que también los propios colegas toman distancia y evitan
invitarlo a las Mesas de Trabajo de los Congresos o evaluarle sus
manuscritos en las revistas que editan. Debo asimismo señalar que
dicha marginación se extiende también a escala internacional, pues
para la publicación de mi último artículo en Archivos Analíticos de
Políticas Educativas (AAPE, v.12, n.6) tuve que recusar al evaluador
asignado debido a su activa sociedad con un académico local.
Lo llamativo del caso es que la Comisión Asesora que tan
negativamente califica mi contribución a la formación de recursos
humanos no haya requerido informes a la Facultad donde presuntamente
el suscripto revistó como docente, investigador y director de
instituto, ni tampoco demandó aquellos antecedentes vinculados con
la previa actuación de la propia Comisión en litigios o sumarios
análogos (ver caso Enrique Noé Tandeter en oportunidad de la
publicación de su libro sobre "LA MINERIA DE LA PLATA EN EL POTOSI
COLONIAL"), que la Gerente Rosa Losito necesariamente debería haber
consultado e investigado, y mediante el cual podría haber llegado a
otras conclusiones. Pero lo increíble del caso fue que esta
marginación se extendió al propio CONICET, pues éste tampoco me
requirió colaboración alguna en materia de asesoramientos o
dictámenes en relación con sus becarios, a pesar de revistar en la
categoría de Investigador Independiente. La marginación también se
propagó a otras instituciones públicas, tales como la CONEAU y la
Agencia o ANPCYT, que nunca me invitaron a integrar sus respectivos
bancos de expertos evaluadores.Como constancia de mi involuntaria
marginación, recientemente el Consejo Superior de la UBA, ocho (8)
años después de haberme presentado formalmente a un concurso en la
Facultad de Ciencias Sociales, para una cátedra de Historia
Latinoamericana del Departamento de Sociología (1996), se dignó
formarme un Jurado, pues dicha cátedra venía siendo ilegítimamente
detentada. Como se supondrá, pedí explicaciones por la inaudita y
ultrajante demora, por Carta Documento y en Mesa de Entradas, tanto
al actual Decano de Ciencias Sociales como al actual Rector de la
UBA, sin haber logrado hasta el presente llamado telefónico ni
respuesta alguna. Consultar: <http://boards2.melodysoft.com/app?ID=manifiestto&msg=1457>http://boards2.melodysoft.com/app?ID=manifiestto&msg=1457
II-D.- FALSEDAD IDEOLÓGICA del DICTAMEN
Cuando el 6 de agosto de 2004 los miembros de la Comisión Asesora de
Historia y Antropología evaluaron mi Informe 2002/03, la Obra en él
anunciada ya estaba en la web desde hacia más de tres (3) meses, y
estaba siendo notificada y divulgada electrónicamente por diversas
instituciones y foros. A mediados del mes de Mayo fue divulgada por
la Lista de Discusión de Política Científica, titulada Pol-Cien, a
todos los investigadores del CONICET; y por el Equipo NAyA (Noticias
de Antropología y Arqueología, galardonada por Yahoo con un Premio
Internacional) a todos los arqueólogos y antropólogos dos meses
después de aparecida y más de un mes previo a la fecha del Dictamen
denegatorio, el sábado 26 de Junio a las 15.40 horas. También fue
divulgada por H-LATAM (Foro internacional para la discusión
académica de la historia latinoamericana, administrado por Hnet, una
organización internacional interdisciplinaria), tres meses después y
dos semanas antes del Dictamen, el 22 de Julio, a los académicos y
profesores del mundo dedicados al desarrollo del potencial educativo
de Internet; y por el Foro de Noticias del Instituto de Historia
"Emilio Ravignani" denominado Clío, el 23 de Julio, a todos los
historiadores locales, días en los cuales de acuerdo al contador del
servidor se produjeron los records de visitas en mi sitio
electrónico (105 visitas el
22 de Julio).
Los diferentes organismos y las mismas comisiones del propio CONICET
(entre ellos la Sra. Rosa Losito, Directora de Evaluación y
Acreditación), también están suscriptos a estos Foros y Listas de
Discusión, pues mi persona comunicó en el mes de Junio por correo
electrónico la existencia de mi Página web al Consejo Argentino de
Información Científica y Técnica (CAICYT), que depende del CONICET,
con la frustrada aspiración de que fuera incluida como link. Las
informaciones o reportes de estos Foros y Listas de Discusión
electrónica puede que hayan sido archivadas por dicho CAICYT o en su
defecto por las Comisiones, las cuales deben operar como una suerte
de Boletín Oficial con todo el poder comunicacional, el patrón
legitimador, y el seguimiento permanente del trabajo de los
investigadores que ello debiera significar, muy superior a la
impronta que pudiera ofrecer una notificación personal fuera de
término, presentada en Mesa de Entradas, procedimiento por otro lado
inhibido por los artículos 30, inciso f) y 33 inciso c) del Estatuto
de la Carrera de Investigador del CONICET, o Ley No. 20.464, pues el
Estatuto reserva dicha potestad sólo al requerimiento discrecional
del CONICET.
Dichas notificaciones no pudieron haber escapado al conocimiento de
la totalidad de los veinticuatro (24) miembros de la Comisión
Asesora, a la Directora de Evaluación Sra. Rosa Losito, y a la
propia Gerente Cynthia Jeppesen. Más específicamente, la
notificación producida por el Equipo NAyA no le pudo pasar
inadvertida al Presidente de la Comisión Dr. Eduardo E. Berberian ni
al Dr. Francisco Raúl Carnese, pues ambos figuran como Asesores
Científicos de dicho Equipo NAyA; y tampoco a sus miembros Cristina
Bellelli, Lidia R. Nacuzzi y Roberto Bárcena, pues los tres son
antiguos miembros de dicho Equipo. En cuanto a los otros miembros de
la Comisión firmantes del despacho cuestionado, tales como los
historiadores María Silvia Ospital, Daniel Campi, Mabel Cernadas de
Bulnes, Ana Inés Ferreyra, Ariel Omar Guiance, Darío Macor, Nidia S.
Tadeo, y Silvia B. Lázzaro, tampoco pueden alegar desconocimiento,
pues están suscriptos a los foros Clío y H-LATAM.
Es decir, para cuando los miembros de la Comisión Asesora se
reunieron para firmar el despacho aquí cuestionado, que ocurrió el 6
de agosto del corriente año, la Directora de Evaluación Rosa Losito
debió haber recibido la información de dichos Foros y Listas de
Discusión; y los trece (13) miembros mencionados, o el 60% de un
total de veinticuatro (24) miembros, necesaria y personalmente
debían conocer desde hacía más de un mes de la existencia de la
Página web del suscripto, y pese a ello con una indiferencia y una
celeridad sin precedentes (pues suelen tomarse casi un año para
evaluarlos) declararon que ".resulta imposible identificar las
hipótesis que guían tal estudio, sus objetivos y metodologías de
análisis", así como ".imposible determinar qué grado de avance tiene
la labor desarrollada en el último bienio", por lo que calificaron a
dicho Informe como "No Aceptable".
Al alegar falta de conocimiento de la existencia de mi Obra
electrónica, de sus "hipótesis, objetivos y metodologías", y de su
"grado de avance", los integrantes de la Comisión Asesora del
CONICET habrían incurrido en el delito encuadrado bajo la figura de
la falsedad ideológica, castigado por los artículos 292 y 293 del
Código Penal con prisión de un mes a seis años, por lo que de
comprobarse el ilícito se debería producir de oficio la nulidad
automática de todo lo actuado en sede administrativa. Probar este
tipo de delito significa tener que construir la prueba que acredita
la comisión del ilícito. Esto último se lograría si se prueba en
forma fehaciente que alguna autoridad del CONICET conocía mi Página
desde antes del 6 de Agosto. Es decir habría que confirmar si los
organismos del CONICET y/o los integrantes de la Comisión Asesora de
Historia y Antropología están suscriptos a los sitios electrónicos
Pol-Cien, NAyA, H-LATAM y Clio, a los efectos de detectar si
efectivamente estaban o no al tanto de la existencia de dicha Página
Web.
II-E.-COLABORACIONISMO ACADÉMICO con INSTITUCIONES VINCULADAS a las
DICTADURAS.
El miembro del Directorio del CONICET Dra. Noemí Girbal de Blacha
fue una asidua beneficiaria de organismos e instituciones vinculados
a las diversas dictaduras que asolaron nuestro país, valiéndose de
los mismos para prosperar en su rauda carrera académica, y cuyos
pormenores paso a detallar:
1.- La Dra. Girbal de Blacha comenzó su carrera colaborando con el
Prof. Horacio Juan Cuccorese en la Universidad Nacional de La Plata,
durante la Dictadura de la autodenominada Revolución Argentina
(1966-72), publicando sus primeros trabajos en la revista Trabajos y
Comunicaciones, perteneciente a dicha Universidad. A diferencia de
la Universidad de Buenos Aires, en la Universidad Nacional de La
Plata el cuerpo docente no renunció con motivo de la Noche de los
Bastones Largos, permaneciendo en sus cargos ininterrumpidamente.
Más luego, cuando con el Lopezreguismo y el Proceso se desató
nuevamente la represión dicha Universidad de La Plata fue la
Universidad que más sufrió el embate genocida y donde pese a ello
muchos otros docentes permanecieron también en sus cargos.
2.- La Dra. Girbal lleva publicados medio centenar de artículos, de
los cuales una veintena o la tercera parte fueron publicados por la
Academia Nacional de la Historia, ocho (8) de los mismos en
separatas de Congresos de Historia patrocinados por dicha Academia
(1977, 1979, 1981, 1982, 1996), dos en su propio Boletín (1989), y
siete en su publicación anual titulada Investigaciones y Ensayos
(1977, 1979, 1986, 1987, 1991, 1994, 2000). Las cuatro primeras
ponencias y los dos primeros artículos fueron publicados en
oportunidad en que la Academia colaboraba asidua y públicamente en
el emperifollado mediático de la Dictadura.
3.- La Dra. Girbal fue galardonada por dicha Academia en plena
dictadura (1976), en su Concurso de Obras Inéditas --donde
revistaban como jurados los Dres. José M. Mariluz Urquijo y Daisy
Rípodas Ardanaz de Mariluz Urquijo-- con un 2º. Premio, por su tesis
doctoral aprobada en la Universidad Nacional de La Plata en 1972,
titulada "Historia de la Agricultura Argentina a fines del siglo XIX".
4.- Diez años después, en 1982, su tesis doctoral fue publicada por
la Fundación para la Educación, la Ciencia y la Cultura (FECIC),
institución judicialmente incriminada en el Fuero Contencioso
Administrativo por malversación de caudales públicos, y donde
también revistaban como miembros integrantes los dos académicos
anteriormente citados.
5.- Cuando la mayoría de los colegas de nuestra generación
sobrevivíamos en el exilio interior o exterior, la Dra. Girbal
revistaba
ininterrumpidamente en el CONICET, primero como Becaria y luego como
Investigadora, y en la carrera docente en la Universidad Nacional de
La Plata (UNLP). Asimismo, dicha doctora fue incorporada a la
Academia Nacional de la Historia como miembro correspondiente en
1989; ingresó en la Universidad Nacional de Quilmes (UNQ) donde
acaba de publicar un libro sobre el Peronismo y donde coordina su
Editorial e integra el Consejo Editorial de la Revista Theomai
(Universidad Nacional de Quilmes); y dirige el Centro de Estudios
Histórico-Rurales (CEHR) de la Universidad Nacional de La Plata (en
co-dirección con la Prof. Silvia B. Lázzaro, actual miembro de la
Comisión Asesora de Historia y Antropología), desde donde a su vez
conduce la revista Mundo Agrario.
6.- La Dra. Girbal fue elegida en el 2001, a los 53 años de edad,
por los Investigadores de Carrera del CONICET como miembro del
Directorio, en representación del Área de Ciencias Humanas y
Sociales, una de las cinco (5) áreas en que esta distribuido el
conocimiento en el CONICET, y desde donde coordina entre otras la
Comisión de Historia y Antropología, alcanzando por ese sólo motivo
el ascenso a la jerarquía máxima de Investigadora Superior del
CONICET.
7.- Una vez consagrada como miembro del Directorio del CONICET dicha
Dra. Girbal se agravió en Carta de Lectores de Página 12, del 23 de
Julio de 2002, por las penurias de los Investigadores y la parálisis
de varios Institutos del CONICET.
8.- El día siguiente, 24 de Julio, a las 9.22 AM, contesté por
intermedio de Pol-Cien, que ".la Dra. Girbal, ex Investigadora
durante el Proceso del Instituto Bibliográfico "Antonio Zinny", (IBIZI)
se agravia en Carta de Lectores del 23 de Julio de 2002, por no
poder financiar sus publicaciones y sus viáticos para asistir a
congresos científicos, cuando a todos los investigadores nos consta
que el daño más cruel que en la era cibernética se nos puede
infligir no es la falta de impresión de nuestras obras (que debiera
ser exclusiva responsabilidad de editores públicos o privados,
nacionales o extranjeros), o la incomunicación física con el resto
del mundo, sino esencialmente la incomunicación electrónica a la
cual nos vemos sometidos por la negligencia e indiferencias dolosas
de este Directorio".
9.- El día posterior, 25 de Julio, la Dra. Girbal envió a Pol-Cien
un breve desmentido, aclarando que nunca perteneció al Instituto
Bibliográfico "Antonio Zinny" (IBIZI);
10.- El día subsiguiente, 26 de Julio, contesté en Pol-Cien, que la
identificación de la Dra. Girbal con el Instituto Bibliográfico
"Antonio Zinny" (IBIZI) ".proviene de una publicación oficial de
dicho Instituto (Réplica al Informe de la Comisión Evaluadora del
CONICET, Buenos Aires, 1986, pp.30-31), donde se revelan las
actividades en las que participó la Dra. Girbal, colaboraciones que
dicha profesora nunca pudo desmentir [artículo publicado en su
revista Historiografía Rioplatense, n.1, 1978, 57-74, bajo el título
"Saladeros y frigoríficos 1880-1885"]". Esta colaboración revelaba
su identificación con un Instituto de activa participación durante
el Proceso --a extremo de haberse beneficiado con considerables
subsidios que le permitieron adquirir un extenso inmueble que al
presente sigue detentando.
II-F.- OPORTUNISMO TRANSGRESOR con INSTITUCIONES que MALVERSARON
CAUDALES PÚBLICOS durante el PROCESO GENOCIDA.
Numerosos académicos publicaron sus obras a través de Fundaciones
que resultaron finalmente acusadas de malversar caudales públicos.
En una de esas Fundaciones, la Fundación FECIC, que había sido
fundada en 1972 por el Investigador neurobiólogo Dr. Juan Humberto
Tramezzani, publicó su tesis doctoral en plena dictadura (1982) la
Dra. Girbal de Blacha.La FECIC estuvo integrada entre otros muchos
investigadores por Ricardo Bruera, Juan Llerena Amadeo, Ángel
Molero, Jorge Brieux, Álvaro Gimeno y diversos miembros activos de
la Armada Nacional; fue subsidiada durante el Proceso
fundamentalmente con fondos del CONICET y también con fondos del
Instituto Nacional del Crédito Educativo (INCE); tiene sede en la
calle Moreno 429/33 de esta Capital; y en 1984 fue sumariada e
incriminada judicialmente en el Fuero Contencioso Administrativo,
conjuntamente con otras instituciones supuestamente científicas (FADES,
dirigido por la familia Brie; SENOC, dirigido por Mario Califano;
OIKOS, dirigido por Patricio Randle; APRODECE, con sede en Rosario y
vinculado a Ricardo Bruera; FUNDANORD, con sede en Resistencia y
dirigido por Ernesto Maeder), por malversación de caudales públicos
(Informe sobre Investigaciones de Hechos Ocurridos en el CONICET,
período 1976-1983, pp.73-82). Finalmente, dichas instituciones
resultaron en 1990 paradójicamente sobreseídas por la Cámara Federal
en lo Contencioso Administrativo.
Llama entonces poderosamente la atención que la Dra. Girbal haya
aceptado en 1982 publicar su tesis doctoral en dicha Fundación FECIC,
pese a las notorias sospechas que existían en la opinión pública
académica y universitaria de la época. Es legítimo entonces deducir
que el haber publicado su tesis doctoral en una institución
sospechada de cometer delitos de orden público --aún cuando luego
fuera extrañamente sobreseída-- supone para quien incurre en dicha
falta de escrúpulos cierto grado de identificación política con la
misma.
II-G.- OPORTUNISMO CORPORATIVO con la DICTADURA PROCESISTA.
Cuando a mediados de la década del 80, conjuntamente con otros
colegas, acusamos a la Academia Nacional de la Historia por su
complicidad con el Proceso, nos ganamos la animosidad de un
sinnúmero de académicos y aspirantes a académicos, entre ellos la
Dra. Girbal de Blacha. En ocasión en que la Dra. Girbal era premiada
por la Academia Nacional de la Historia y publicaba su primera media
docena de trabajos en la revista del Instituto Bibliográfico
"Antonio Zinny" (IBIZI) y en las publicaciones de dicha Academia, y
su primer libro era editado por la Fundación para la Educación, la
Ciencia y la Cultura (FECIC), la Academia emitía en mayo de 1980 --a
pedido del entonces Ministro de Educación e integrante del FECIC Dr.
Juan Llerena Amadeo-- un dictamen acerca de cómo debe ser la
enseñanza de la historia en la educación argentina (La Nación, 4 de
Junio de 1980), y simultáneamente le ofrecía tribuna pública a
diferentes personajes de la Dictadura, a saber:
a) al Comandante en Jefe de la Armada Almirante Eduardo Emilio
Massera, para inaugurar una exposición histórica en su propia sede
central (IX-1977);
b) al Ministro del Interior Gral. Albano Harguindeguy para
pronunciar el discurso inaugural del Congreso Nacional de la
Historia de la Conquista del Desierto celebrado en Gral. Roca (Río
Negro) en Noviembre de 1979;
y c) al Intendente Municipal Brigadier Osvaldo Cacciatore, para
presidir la inauguración del VI Congreso Internacional de Historia
de América (13 de octubre de 1980).
No conformes con estas comprometedoras invitaciones, la Mesa
Directiva de la Academia Nacional de la Historia, su Presidente
Enrique Barba y numerosos académicos de número decidieron visitar en
persona en octubre de 1980 al Presidente de facto Gral. Jorge Rafael
Videla, con la excusa de acompañar a los invitados extranjeros
pertenecientes a distintas Academias Nacionales de Historia del
continente, besamanos profusamente publicitado por la prensa diaria.
Todos estos acontecimientos fueron públicamente denunciados por el
que suscribe y otros muchos colegas a su retorno del exilio en
diferentes oportunidades (La Nación, Domingo 4 de agosto de 1985;
Clarín, Sábado 17 de agosto de 1985; y La Razón, miércoles 14 de
agosto de 1985).
Por último, la animosidad de las autoridades del CONICET hacia el
suscripto y su consiguiente discriminación habrían aparecido a raíz
de la publicación de mi artículo en la revista electrónica Archivos
Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State University, v.12,
n.6, de febrero de 2004); y habrían culminado por manifestarse con
la Resolución del Directorio firmada en Septiembre pasado.
II-H.- CORPORATIVISMO ENDÓGENO y REFERATOS PRIVILEGIADOS.
Estos datos históricos, institucionales y personales, revelan -más
allá de la evaluación del contenido de su obra-- que dicha Doctora
Girbal de Blacha se ha beneficiado desaforadamente, para la
publicación de su tesis doctoral y sus otros trabajos científicos,
con el privilegiado referato y el preferencial patrocinio de
instituciones públicas nacionales, tales como el CONICET (a través
de la Fundación FECIC), y la propia Academia Nacional de la
Historia, institución esta última que ha venido practicando en forma
desembozada e impune una combinación de corporativismo autocentrado
o endógeno y de colaboracionismo autoritario, durante las sucesivas
dictaduras y los consecutivos regímenes neoliberales (EPAA, v.12,
n.6). La manipulación del CONICET, a través de los subsidios con que
fue dotada la Fundación FECIC, y mediante los cuales fue publicada
la tesis de la Dra. Girbal, violó palmariamente el principio de
igualdad ante la ley.
Revertir estas oprobiosas realidades debería ser responsabilidad de
una política cultural --de las Secretarías de Cultura y de Ciencia y
Técnica de la Nación-- que se proponga movilizar la inteligencia y
fomentar la conformación de transparentes redes intelectuales a
escala nacional y continental. Sin embargo, el Ing. Torcuato Di
Tella, actual Secretario de Cultura y propietario de la Universidad
Torcuato Di Tella (UTDT), en cuya órbita se encuentran las Academias
Nacionales, ha manifestado públicamente que para su criterio
personal y para su gobierno la cultura no es de prioridad alguna.
Por otro lado, el Secretario de Ciencia y Técnica de la Nación Ing.
Tulio del Bono, se ha propuesto inmiscuirse en el contenido de las
investigaciones a través de la denominada "pertinencia"
disciplinaria.
II-I.- PROSELITISMO ACADÉMICO IMPOSTOR.
A partir de la restauración de la democracia en 1983, y de la
normalización de las Universidades Públicas, se infiltraron en los
cargos
electivos universitarios multitud de elementos que habían colaborado
con el Proceso. Así ocurrió en la Facultad de Filosofía y Letras de
la UBA, cuando el Lic. Luis Yanes fue electo Decano, y luego
Presidente de EUDEBA, sin que sus antecedentes fueran
suficientemente corroborados.
En el CONICET, pareciera que también ocurrió algo semejante cuando
se inauguró el régimen electivo para la integración de su
Directorio. En efecto, en oportunidad de ser electa la Dra. Girbal
de Blacha, ésta habría ocultado aquellos datos biográficos que la
comprometían con los organismos e instituciones académicas
vinculados al denominado Proceso de Reorganización Nacional, y se
ignora si ha existido de su parte una autocrítica que reniegue de su
actuación pasada. De acuerdo a la Ley de Ética Pública No.25.188,
aquellos individuos que tuvieron una conducta objetable durante el
Proceso y que han omitido la mención de los mismos a los efectos de
captar votos incautos y ser así electos en cargos públicos,
haciéndose pasar por lo que no son, no deberían ocupar puesto
directivo alguno en organismos oficiales. En otras palabras, la
condición de miembro electo no puede ni debe blanquear las
claudicaciones del pasado, ni tampoco puede dar pie a un ascenso
automático en la carrera científica. Su promoción a la jerarquía
máxima del CONICET adolecería entonces de un vicio insanable
consistente en una impostura que debería ser perentoriamente
revisado.
II-J.- PREBENDARISMO ENCUBIERTO durante la DEMOCRACIAEn el artículo
que publiqué en el mes de febrero del corriente año en la revista
electrónica Archivos Analíticos de Políticas Educativas (AAPE), vol.
12,n.6,http://epaa.asu.edu/epaa/v12n6/>http://epaa.asu.edu/epaa/v12n6/
titulado "Prebendarismo y Faccionalismo en la Institucionlización
del Conocimiento: El caso de la Investigación y la Docencia
Argentinas (1989-2003)" denunciaba la apropiación privada del
espacio público acontecido en la Universidad Nacional del Litoral
simulada en los denominados "convenios de transferencia
tecnológica", así como la proliferación de sinecuras disfrazadas de
contratos de asesoría o consultoría, que atentan contra la necesaria
igualdad y equidad en la remuneración de los investigadores.
En dicho artículo afirmo que el Directorio del CONICET, ".autorizó
en 1999 a casi doscientos (200) Investigadores [incluido el actual
Presidente del CONICET Dr. Eduardo H. Charreau] a blanquear
múltiples contratos de asesoría o consultoría que concertaron por
fuera de la dedicación exclusiva a que están obligados. En estas
actividades ilícitas estaría implicado por encubrimiento el
Directorio del CONICET, encabezado a partir del Pacto de Olivos
(1994) por el Lic. Armando Bazán, verdadero mentor de esta facción
de poder. Esta facción sería la vocera representativa de los
institutos propios del CONICET, y constituida por la representación
corporativa de la Unión Industrial y la Sociedad Rural y por los
residuos del Materismo y el Liottismo, e integrada por los doctores
Luis Beauge, Estéban Brignoli, Norberto Ras, y Juan Tirao, el Lic.
Marcelo Gustavo Daelli (actualmente sustituido en el Directorio por
el Rector de la Universidad del Litoral Ing. Mario Domingo Barletta),
el actual Rector de la Universidad de Quilmes Ing. Julio Manuel
Villar (que renunció estentoreamente en vísperas de las elecciones
de 1999), y el actual Secretario de Ciencia y Técnica de la Nación
Ing. Julio Alberto Luna, bajo la Presidencia del Ing. Armando
Bertranou, quien a su vez integraba paralelamente el Directorio de
la Fundación Innova-T."
A propósito de esta denuncia sobre las asesorías y consultorías se
inició en el CONICET un sumario administrativo donde se me citó a
declarar y donde tuve oportunidad de ratificar mis dichos y hacer
mías las acusaciones del ex Presidente del CONICET Dr. Enrico
Stefani (en su renuncia pública al cargo), acerca de la existencia
en el CONICET de un tráfico de influencias alrededor de los ingresos
y las promociones entre los Institutos pertenecientes al mismo y las
Comisiones Asesoras de Becas e Ingreso a Carrera y la Junta de
Calificaciones (Exp. No.003361/02), justamente los mismos Institutos
que la Dra. Girbal de Blacha confesó en Julio de 2002 que se hayan
"paralizados" (Página 12, Carta de Lectores, 23-VII-2002).
II-K.- FACCIONALISMO CULTURAL y DISCURSO OCULTO de REPRESALIAS.Este
sistema comunicacional cerrado y este contubernio oportunista y
prebendario, vigente en las estructuras científicas argentinas -que
demuestra la liviandad estructural que padece el control
parlamentario de las instituciones-- ha sido la fuente originaria de
un enquistado y creciente faccionalismo cultural, y de un discurso
oculto de represalias, o más específicamente, de un complot de
funcionarios conjurados, destinado a amilanar y escarmentar las
opiniones críticas, discriminando a éstas últimas, y a disciplinar o
domesticar la planta de investigadores, un verdadero resabio
autoritario heredado del Proceso Genocida y potenciado por los
Regímenes Neoliberales. Estas repugnantes reminiscencias han venido
contaminando toda la estrategia investigadora, editorial,
comunicacional y docente, en materia científica, humanística y
universitaria, y se han ido reproduciendo en mortal menoscabo de una
competitiva gestión del conocimiento, de una imprescindible sinergia
intelectual, y de un transparente liderazgo académico democrático (Sange,
1990; Prahalad y Hamel, 1999).
II-L.- CORPORATIVISMO CLIENTELAR y ASCENSOS VERTIGINOSOS de parte de
la JUNTA de CALIFICACIONES.
Las nocivas estrategias de patrocnio corporativo alimentaron a su
vez la vigencia de un repulsivo tráfico de influencias, una
proliferación de evaluaciones bajo condiciones de reciprocidad
clientelística, o favoritismo endógeno, y un vertiginoso,
desproporcionado e inescrupuloso patrón de promociones, en beneficio
de una pequeña minoría de investigadores, que fueron instrumentales
para su raudo escalar por las jerarquías académicas, en perjuicio de
otros colegas con mas méritos pero de talante más humilde (los
ascensos es preciso solicitarlos pues no se otorgan de oficio), lo
cual ha generado un enrarecido clima de escepticismo, simulación e
incredulidad intelectual y la consiguiente parálisis de una sana
competitividad científica.
Estos acelerados mecanismos de ascenso, entre los que figura la
promoción automática a quienes son electos miembros del Directorio,
sirvieron -en el caso del CONICET-- para que algunos pocos
alcanzaran los niveles más encumbrados de la carrera científica.
También las elecciones de claustro en las distintas universidades
públicas ha servido para promover en las filas de las Comisiones
Asesoras y de la Junta de Calificaciones del CONICET a quienes
transitoriamente triunfaron en las lides electorales universitarias,
revelando así la ausencia de una verdadera política de estado en
materia de ciencia y técnica. Sin embargo, la condición de electo
como miembro del Directorio o como directivo de cualquier
institución académica no puede ni debe dar pie al ascenso en la
carrera científica pues se trata de una designación puramente
política, es decir de política científica. Estos ascensos
"políticos" deben entonces merecer una revisión de los criterios
empleados por la Junta de Calificaciones y por las Comisiones
Asesoras de Becas e Ingreso a Carrera, tal como infructuosamente lo
sugirió hace años en su histórica renuncia el ex Presidente del
CONICET Dr. Enrico Stefani.
Finalmente, aquellos que experimentaron en la carrera de
Investigador acelerados procesos de promoción deberían ser
acreedores --por parte de un Comité alternativo a la Junta de
Calificaciones del CONICET-- de particulares estudios de caso que
revean y eventualmente revoquen sus supuestos derechos adquiridos a
la máxima jerarquía del CONICET.
III.- DERECHO
III-A.- Derecho. Agotamiento de las Instancias y Discriminación.Al
momento de una evaluación y previo a una Resolución administrativa
que lesione derechos y libertades susceptibles de amparo
constitucional, la doctrina jurídica y la jurisprudencia han
acordado que debe actuarse bajo la vigencia de los valores de
independencia, objetividad, equidad o buena fe, e imparcialidad o
neutralidad (Dworkin, 1997). La violación de la neutralidad o
imparcialidad deriva necesariamente en actos discriminatorios e
injustos.
Dentro del imperio de estos valores, se supone que previo a
cualquier Resolución las autoridades administrativas --fundadas en
el debido proceso garantizado por el art.18 de la Constitución
Nacional y por la Ley 19.549 del Régimen de Procedimientos
Administrativos- deben en forma razonable:
1) recabar todos los elementos existentes referidos al caso en
cuestión (antecedentes, datos, documentos, publicaciones e
informes), incluidos por cierto todos los elementos electrónicos;
2) requerir todos los testimonios a las instituciones involucradas
donde el evaluado revistó como docente y funcionario científico o
aspiró a la docencia (ver sección II-D-1 del Recurso de
Reconsideración);
3) agotar todas las instancias y no prescindir de los procedimientos
que sus propios Estatutos establecen y brindan (art.33, inc. c, del
Estatuto de la Carrera del Investigador);
4) escuchar --previo a cualquier Resolución-- los descargos del
Investigador en uso de su derecho a la defensa;De ocurrir lo
contrario, las potestades discrecionales del poder administrador -en
cuyo seno no pueden ni deben existir zonas de inmunidad jurídica ni
espacios o áreas "liberadas" o desprovistas de criterios de
racionalidad, razonabilidad y proporcionalidad-- se vuelven
necesariamente arbitrarias, y como tales discriminatorias. (ver
acápite II.C-1 del Recurso de Reconsideración).
III-B.- Derecho Procesal Administrativo. Causales de Recusación
La Ley 19.549 de Procedimientos Administrativos establece asimismo
en su art. 6º que " los funcionarios y empleados pueden ser
recusados por las causales y en las oportunidades previstas en los
artículos 17 y 18 del Código Procesal Civil y Comercial de la
Nación, etc...".
III-C.- Derecho. Ética Pública y Excusaciones
La Ley de Ética Publica No. 25.188 ordena a todo funcionario en su
Capítulo de Incompatibilidades (art.2, inc.i), ".abstenerse de
intervenir
en todo asunto respecto al cual se encuentre comprendido en alguna
de las causas de excusación previstas en la Ley Procesal Civil".
III-D. Derecho. Falsedad Ideológica del Dictamen.
Los integrantes de la Comisión Asesora habrían incurrido en el
presunto delito de falsedad ideológica --encuadrado en el Título XII
del Código Penal Argentino, tipificado como delito contra la fe
pública, y penado por los artículos 292 y 293, con prisión de un mes
a seis años-- al simular ignorar una producción intelectual
publicada en la web y paralelamente desechar en su accionar
evaluador la necesaria y obligada consulta del sitio electrónico en
donde se encuentra localizada mi Página web (ver sección II-B-1 del
Recurso de Reconsideración).
Demostrar la existencia de este delito significa tener que construir
la prueba que acredita la comisión del ilícito. Esto último se logra
si se prueba fehacientemente que alguna autoridad del CONICET o de
su Comisión Asesora de Historia y Antropología conoció la existencia
de mi Página antes del día 6 de Agosto. Es decir, habría que
verificar si los organismos del CONICET y/o los integrantes citados
de la Comisión Asesora de Historia y Antropología estaban o no -a la
fecha del Dictamen-- suscriptos a aquellos sitios electrónicos que
habían publicado la invitación a visitar mi Página, tales como Pol-Cien,
NAyA, H-LATAM o Clio, a los efectos de detectar si efectivamente
estaban o no al tanto de la existencia de dicha Página Web.
El citado artículo 293 del Código Penal dice: "Las penas previstas
en el artículo anterior [292] son aplicables al que insertare o
hiciere insertar en un documento público o auténtico declaraciones
falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de
modo que pueda resultar perjuicio". El delito tiene según la
doctrina dos objetos alternativos, el documento público que es el
realizado por un funcionario público, como es en este caso una
Comisión Asesora del CONICET; y el documento auténtico ".realizado
por quien, en razón de su profesión, oficio u ocupación, consigna en
él declaraciones que se presumen ciertas, aceptadas como verdaderas
ante los demás salvo prueba en contrario".
La falsedad ideológica, a la que algunos autores han propuesto
denominar falsedad histórica, se refiere a hechos del pasado y
"...consiste en hacer aparecer como reales hechos que no han
ocurrido, o en hacerlos aparecer como ocurridos de un modo
determinado cuando sucedieron de una manera diferente, siempre
dentro del contexto de lesión a la fe pública en documentos que
deben hacer fe". La contradicción punible en la falsedad ideológica
resulta porque ".la correcta realización externa genera una
desfiguración de la verdad objetiva que se desprende del texto. Esta
falsedad se encuentra en un acto exteriormente verdadero, cuando
contiene declaraciones mendaces; y se llama ideológica precisamente
porque el documento no es falso en sus condiciones esenciales, pero
si son falsas las ideas que en el se quieren afirmar como
verdaderas, resultando un documento auténtico en su forma pero falso
en su contenido".
III-E.- Derecho. Discriminación
Para el jurista Pablo Slonimsqui, el término discriminación se ha
utilizado generalmente para referir un trato desigual a personas que
se
encuentran en idéntica situación (La ley antidiscriminatoria, Fabián
di Plácido, Editor, pág. 43). En síntesis, discriminación implica
trato desigual. El mismo Slonimsqui sostiene que "los actos
discriminatorios, como expresiones de intolerancia, nos afectan a
todos. No sólo a la persona o comunidad a la que se encuentran
dirigidos, sino a todos aquellos que pretendemos vivir en una
sociedad plural y democrática. Lo que la ley antidiscriminatoria
protege, y lo que todos debemos cuidar, es nuestro derecho a vivir
en una sociedad plural" (op.cit. 21).
IV.- PRUEBA
IV-A.- PRUEBA TESTIMONIAL
Se cite como testigo a la Dra. Beatriz García, docente de la UTN con
sede
en Mendoza, asidua participante de la Lista de Discusión Pol-Cien.
IV-B.- PRUEBA INSTRUMENTAL
Se tenga por producida como prueba instrumental:
a) copia de la Resolución del CONICET No.1672/04;
b) los recortes de diarios siguientes: La Nación, 4 de junio de
1980; y Domingo 4 de agosto de 1985; Clarín, Sábado 17 de agosto de
1985; y La Razón, miércoles 14 de agosto de 1985; Página 12, 23 de
julio de 2002;
c) los mensajes electrónicos de la Lista Pol-Cien correspondientes a
los días 24, 25 y 26 de Julio de 2002;
d) el mensaje electrónico del Foro NAyA invitando a visitar mi
Página correspondiente al 26 de Junio del 2004;
e) el Listado de las obras de la Dra. Girbal indexadas en una
impresión de la Academia Nacional de la Historia;
f) el Informe sobre Investigaciones de Hechos Ocurridos en el
CONICET, período 1976-1983, pp.73-82.
g) la referencia electrónica del artículo titulado "Prebendarismo y
Faccionalismo en la Institucionlización del Conocimiento: El caso de
la Investigación y la Docencia Argentinas (1989-2003)", publicado en
la revista Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona
State University, v.12, n.6). <http://epaa.asu.edu/epaa/v12n6/>http://epaa.asu.edu/epaa/v12n6/
h) el Recurso de Reconsideración interpuesto por ante el Presidente
del CONICET Dr. Eduardo H. Charreau el 18 de Octubre del corriente
año;
V.- PETITORIO
En razón de lo expuesto, al Sr. Presidente del INADI solicito:
A) Tenga por interpuesto la denuncia por discriminación a raíz de
opiniones vertidas en materia de política científica.
B) Por debidamente fundados los hechos en que se basa y el derecho
que me asiste;
C) Comprobado que sea la existencia de los delitos denunciados se
eleven los antecedentes y las conclusiones del organismo a la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional para su
investigación;
D) Se libre oficio a las autoridades del CONICET para que comuniquen
1) cuantos Investigadores de Carrera evaluados por la Comisión de
Historia y Antropología en el curso del año 2004 les fue rechazado
el correspondiente Informe Reglamentario;
2) provean copia del sumario instruido a propósito de las Asesorías
y Consultorías del CONICET y las denuncias del ex Presidente Dr.
Enrico Stefani (Exp. No.003361/02);
y 3) revelen si sus organismos están o no suscriptos a los sitios
electrónicos Pol-Cien, NAyA, H-LATAM y Clio.
E) Se libre oficio a la Oficina Anti-Corrupción para que provea
copia de la denuncia elevada en 2002 contra la Universidad Nacional
del Litoral por los delitos de asociación ilícita, usurpación,
administración fraudulenta, negociación incompatible con la función
pública, malversación de caudales, y violaciones de los deberes de
funcionario público;
F) Se libre oficio al Administrador de la Lista de Discusión Pol-Cien,
Prof. Hugo Scolnik, para que provea:
1) copia de los mensajes (mails) correspondientes a los días 24, 25
y 26 de Julio de 2002 donde la Dra. Girbal de Blacha y el suscripto
polemizaron;
2) copia del mensaje (mail) correspondiente al mes de mayo de 2004
donde el suscripto invita a visitar su propia Página;
y 3) revele si alguno de los miembros de la Comisión de Historia y
Antropología del CONICET está o no suscripto al Foro de Discusión
Pol-Cien;.
G) Se libre oficio a la Lic. Claudia Cóceres, directora del sitio
electrónico denominado Noticias de Antropología y Arqueología
(Equipo
NAyA), para que:
1) provea copia del mensaje (mail) correspondientes al 26 de Junio
de 2004 donde el suscripto invita a visitar su Página;
2) revele si el Dr. Francisco Raúl Carnese y el Dr. Eduardo E.
Berberian figuran como Asesores Científicos de dicho Equipo NAyA;
y 3) revele desde que fecha se encuentran suscriptos a dicho Foro
electrónico los profesores Francisco Carnese, Eduardo Berberian,
Cristina Bellelli, Lidia R. Nacuzzi y Roberto Bárcena,
H) Se libre oficio al Director del Instituto de Historia Argentina y
Americana "Dr. Emilio Ravignani", de la Facultad de Filosofía y
Letras de
la UBA, Dr. José Carlos Chiaramonte para que:
1) provea copia del mensaje (mail) correspondientes al 23 de Julio
de 2004 donde el suscripto invita a visitar su Página;
y 2) para que revele desde que fecha se encuentran suscriptos al
Foro electrónico denominado Clío, los Investigadores Daniel Campi y
Ana Inés Ferreyra, miembros de la Comisión Asesora de Historia y
Antropología del CONICET.SERÁ JUSTICIA
Eduardo R. Saguier
Investigador Independiente del CONICET
Juan Francisco Seguí 3955, piso 2º. Dpto E
1425 Capital
Tel: 4802-2979
<http://www.er-saguier.org>http://www.er-saguier.org
Otro Si Digo: Agrego un par de nuevos documentos:
1) Cédula del 16 de abril de 2004 notificándome de un Sumario
Administrativo en el CONICET;
2) Denuncia contra la Universidad Nacional del Litoral presentada en
la Oficina Anti-Corrupción en 2002.
Eduardo R. Saguier
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