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III Congreso Internacional Historia a Debate Santiago de Compostela

IV Congreso Internacional Historia a Debate
Santiago de Compostela, 15-19 de diciembre de 2010

Dirección


Ponencias aceptadas

  

Mesa H. Historia y justicia universal

Autores

Sonia García, Carmén Suárez (Universidad de Oviedo, España)

Título

Impunidad y feminicidio ¿dónde está la Justicia Universal?


Mientras las Naciones Unidas proclamaban 1975 como Año Internacional de la Mujer y celebraban la Primera Conferencia Mundial sobre la condición social y jurídica de las mujeres en México, un grupo de mujeres comprometidas con la causa feminista plantearon una reunión alternativa que tendría lugar al año siguiente en Bruselas, bajo el nombre de Tribunal Internacional de los Crímenes contra la Mujer. La cita congregó a más de mil mujeres procedentes de veintiocho países, que debatieron sobre las que entendían eran las principales expresiones de violencia contra las mujeres. Temas como la discriminación jurídica de las casadas, los problemas derivados de la ilegalidad del aborto, la violación y los abusos sexuales fueron objeto de intensos debates. Pese a la diversidad de las situaciones, sensibilidades y perspectivas teóricas que concurrieron al evento, suponía un paso notable en la articulación de estrategias y acciones comunes para el movimiento de mujeres en todo el mundo.

Años después, en diciembre de 1993, la Asamblea General de la ONU aprobaba la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, reconociendo la necesidad de "una aplicación universal a la mujer de los derechos y principios relativos a la igualdad, seguridad, libertad, integridad y dignidad de todos los seres humanos".1 En el articulado de la citada Declaración, se definía la violencia contra la mujer como todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino, las amenazas de tales actos y la coacción o la privación arbitraria de la libertad. El artículo 2 establecía como modo específico de violencia contra la mujer la "perpetrada o tolerada por el Estado", y en su artículo 4 conminaba a los países a prevenir, investigar y castigar todos los actos de violencia contra las mujeres, además de adecuar su legislación a las conclusiones
recogidas en el texto.

Pese a las declaraciones internacionales, a las leyes y protocolos establecidos en algunos países, el balance de la violencia de género sigue siendo negativo.2 Las mujeres son víctimas de violencia en todo el mundo. Sin embargo, no todos los casos responden a un mismo patrón, único y universal, sino que existen distintas formas de violencia que tienen a mujeres como víctimas. Conceptualizar adecuadamente cada tipo de violencia constituye, como ha señalado Celia Amorós, una herramienta esencial para corregir y hacer frente a un problema tan arduo y complejo como éste.3 Siguiendo el análisis de la misma autora, el feminicidio respondería a unas pautas concretas que diferenciaría a esta forma de violencia de otras tales como el terrorismo patriarcal, terrorismo sexista o de género, expresiones que Amorós utiliza para referirse al asesinato de mujeres a manos de sus parejas o ex parejas.

1 Naciones Unidas. Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993. Disponible en «https://www.unhchr.ch/huridocda/huridoca.nsf/(symbol)/a.res.48.104.sp?opendocument» [Consultada el 16 de octubre de 2010].

2 En este sentido cabe citar el caso de España donde, en diciembre de 2004, se aprobó la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de género. Sin embargo, en lo que llevamos de 2010 han sido asesinadas 56 mujeres en nuestro país [número de víctimas a 15 de octubre de 2010].

3 Amorós, Celia. Fronteras, imaginarios patriarcales y feminicidios. Conferencia de clausura del Primer Congreso Internacional Género y Frontera celebrado en la Universidad de La Laguna, del 11 al 13 de noviembre de 2009. Algunas de las reflexiones expuestas en esta sesión están publicadas en el libro: Amorós, Celia. Mujeres en el imaginario de la globalización. Buenos Aries: Homo Sapiens; 2008. Se ha constatado el uso del vocablo "feminicidio" hace más de doscientos años, cuando fue utilizado en lengua inglesa en la obra A Satirical view of London, editada en 1801, para narrar el asesinato de una mujer.4 Pero el redescubrimiento y redefinición de este término tuvo lugar cuando Diana Russell y Jane Caputi publican Femicide: Speaking the unspeakable, en 1990. Dos años después, Diana Russel volvía a recurrir a la misma palabra5, esta vez junto a Jill Radford, en Feminicide: the Politics of Women Killing. En este libro, el feminicidio se definía, de una forma bastante sintética, como "el asesinato misógino de mujeres."6 Desde entonces, los debates sobre los usos y significados del término han sido amplios y se han perfilado dos modos de comprenderlo y utilizarlo. En una concepción más amplia es "la palabra que mejor describe los asesinatos de mujeres por parte de los hombres (…) motivados por el desprecio, el odio, el placer o el sentido de propiedad sobre ellas".7 Incluiría todo tipo de violencia hacia las mujeres, entendida como producto del sistema patriarcal (mutilaciones genitales, violaciones, violencia física y emocional, prostitución…) siempre que el resultado de la misma fuese la muerte de la mujer. Este tipo de conceptualizaciones pueden ser útiles a la hora de establecer redes internacionales de mujeres unidas por su repulsa hacia toda forma de violencia contra las mujeres, puesto que unifican, en un mismo término, problemas que responden a contextos y situaciones culturales, sociales, económicas y políticas muy diversas. Sin embargo, tienen el déficit de no ofrecer explicaciones debidamente argumentadas de las causas que generan cada tipo de violencia. Desde estas consideraciones, Celia Amorós es partidaria de restringir el empleo del vocablo "feminicidio" a un tipo de crímenes: las desapariciones, torturas y asesinatos de mujeres, en unos contextos caracterizados por la ausencia de estado de derecho. Desde esta óptica, uno de los mayores feminicidios conocidos en el mundo se viene documentando desde 1993 en Ciudad Juárez.

Ciudad Juárez es un jalón en el camino desde Méjico hacia Estados Unidos y se ha convertido, desde hace varias décadas, en uno de los pasos obligados en busca de mejores condiciones de vida para hombres y mujeres procedentes de muchos países de Latinoamérica. Más de la mitad de la población juarense es inmigrante, y una parte notable de la misma se emplea en las maquiladoras desde hace más de cuarenta años. Un alto porcentaje de la mano de obra es femenina, dedicada a la industria textil y al ensamblaje porque, según afirman los propios empresarios, las mujeres trabajan más por menos.8 Las condiciones de esta ciudad fronteriza han supuesto que el tráfico de drogas, armas y otras "mercancías ilícitas" hayan creado redes que generan y a la par se benefician de la impunidad reinante en la zona. En este contexto, las mujeres se han llevado la peor parte: desde 1993 se han contabilizado más de 400 muertas. Existe un patrón que liga a todas las desaparecidas, torturadas y asesinadas desde entonces. Todas son jóvenes, trabajadoras y proceden de familias con pocos recursos. Esta procedencia

4 Russel, Diana E. H. Definición de feminicidio y conceptos relacionados. In: Comisión Especial para Conocer y Dar Seguimiento a las Investigaciones Relacionadas con los Feminicidios en la República Mexicana y a la Procuración de Justicia Universal. Feminicidio, Justicia y Derecho. México: Editor/as; 2005, p. 136.

5 Aunque con una ligera variación, ya que pasaba de femicide (femicidio) a feminicide (feminicidio).

6 Op. cit. p. 137.

7 Siciortino, María Silvana y Guerra, Luciana A. Un abordaje del feminicidio desde la convergencia entre teoría y activismo. Revista Venezolana de Estudios de la Mujer. Caracas. Vol. 14, Nº 32; 2009, p.101.

8 Sobre el trabajo femenino en las maquilas en la era de la globalización: Biffani, Patricia. Globalización, género y proletarización. In: Gregorio, Carmen y Agrela, Belén (eds.) Mujeres de un solo mundo: globalización y multiculturalismo. Granada: Universidad de Granada; 2002, p. 37-69. social y económica, sumada a su condición de mujeres, las coloca en una posición de gran vulnerabilidad. Son secuestradas y, posteriormente, sus cuerpos son encontrados en terrenos baldíos con signos de violencia, violación y otros abusos sexuales, torturas y
mutilaciones.

9 Celia Amorós entiende que este patrón común permite identificar estos crímenes como un caso de feminicidio, que podrían equiparase a un genocidio o crimen
contra la humanidad.

10 Si no fuera por la movilización de la sociedad civil y de diversas organizaciones de mujeres como Nuestras Hijas de Regreso a casa, Mujeres de Negro, Justicia para nuestras hijas o Ni una muerte más, los asesinatos se estarían abordando como un tema policial y no como un problema social, político y una violación de los derechos humanos, aspecto éste en el que ha insistido mucho Marcela Lagarde.

11 El activismo de las familias, y en particular de las madres, ha generado amplios apoyos a nivel internacional. El propio Baltasar Garzón manifestó en 2003 la necesidad de clarificar si los crímenes de Ciudad Juárez respondían a una forma sistemática de eliminar a personas por razón de género, al tiempo que acusaba a México de falta de contundencia para investigar y poner fin a estos hechos.

12 La impunidad ha sido la nota dominante en los asesinatos de Ciudad Juárez. No obstante, recientemente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado al Estado mexicano por incumplimiento de sus deberes frente a la desaparición, tortura y asesinato de tres jóvenes en Ciudad Juárez, y también por violar los derechos humanos
de sus familiares.13 Los cuerpos sin vida de las tres mujeres fueron encontrados, junto a los de otras cinco muchachas, en un viejo campo algodonero de la ciudad y por ello el caso ha tomado el nombre de "Campo Algodonero". La Corte IDH entiende que las irregularidades en las investigaciones sumadas a la falta de esclarecimiento de los hechos crean un clima de impunidad que es en sí mismo una violación de los derechos humanos. También acusa al funcionariado del estado de Chihuahua y del municipio de
Ciudad Juárez de actuar de forma discriminatoria, llegando a culpar a las víctimas de su propia muerte por su forma de vestir, por andar solas o por la falta de cuidado de sus
familias.

La petición de investigar por violaciones de derechos humanos fue presentada a la Corte a título individual por parte de las madres de estas tres jóvenes. Sin embargo, la
sentencia tiene un alcance más amplio al establecer que "la violencia contra las mujeres que se vive en Ciudad Juárez desde 1993 es una violación estructural de derechos
9 González, Sergio. Huesos en el desierto. Madrid: Anagrama; 2004.

1010 Para una adecuada exposición de la tesis de Celia Amorós remitimos a la obra ya citada de la autora. También resulta clarificador el artículo de: Iraberri Pérez, Daniel. Sujeto e instituciones: por una política ilustrada y un feminismo de los límites. El caso de Ciudad Juárez. XLVII Congreso de Filosofía Joven. Disponible en: «https://congresos.um.es/filosofiajoven/filosofiajoven2010/paper/view/6841» [Consultada el 16 de octubre de 2010].

11 Lagarde, Marcela. Feminicidio. Conferencia en la Universidad de Oviedo, 12 de enero de 2006. Disponible en: «https://www.ciudaddemujeres.com/articulos/Feminicidio» [Consultada el 16 de octubre de 2010].

12 Alonso, Jorge. Mujeres asesinadas en Ciudad Juárez: dimensiones de un desafío. Revista Envío. Nº 269; 2004. »Disponible en https://www.envio.org.ni/articulo/2190» [Consultada el 16 de octubre de 2010]. 13 Las tres jóvenes del caso Campo Algodonero son Esmeralda Herrera Monreal, Laura Berenice Ramos y Claudia Ivette González. humanos de la cual el Estado mexicano es responsable".14 Además, la sentencia fija que el Estado mexicano debe tomar las acciones necesarias para evitar que casos semejantes se repitan en el futuro, a la par que para reconocer y emprender acciones relativas al resto de casos registrados desde 1993. La sentencia del caso "Campo Algodonero" constituye sin duda, todo un hito en la lucha por esclarecer y poner fin al feminicidio de Ciudad Juárez. No obstante, el final del problema de la violencia que sufren las mujeres en la frontera mexicana, así como las otras formas de violencia de la que son víctimas las mujeres en el mundo, dista aún de estar próxima. Debatir, reflexionar y teorizar sobre Justicia Universal pasa por incluir el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

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